martes, 23 de noviembre de 2010

Seguridad Social


NÚM.
 6.1
NOMBRE:
¿QUÉ SABEMOS DE LA UNIDAD?



Ana trabaja como oficial administrativo desde el 10 de diciembre en Tarlex,S.A.
En su contrato de trabajo Ana tiene reconocido el salario que fija el convenio colectivo de Tarlex,S.A. para su categoría profesional.
Recibirá 930 € al mes como salario base, además de un plus de asistencia y puntualidad de 30 €/mes, un plus de convenio de 40€/mes y un plus de transporte de 25 € mensuales.
Tiene derecho a tres pagas extraordinarias de salario base más plus de convenio que se cobran en marzo, junio y diciembre. El devengo de pagas es semestral.

El 30 de diciembre, antes de acabar la j ornada laboral, la llaman del Departamento de Recursos Humanos para que pase a cobrar su primer sueldo.
Pedro, encargado de personal, le da el cheque de su salario. Además, le presenta su nómina para que la firme.
Después de observar detenidamente el documento, Ana no entiende casi nada del recibo de salario; es su primer trabajo y nunca antes había visto uno.
Lo primero que le llama la atención es que le han pagado ya una paga extraordinaria llevando tan solo 22 días en la empresa. “¡Qué sorpresa! Seguro que sean equivocado”, piensa Ana.
Las cifras bailan en su cabeza, que si el salario base, que si el líquido total a percibir, que si la base de cotización…No entiende nada. Está muy confusa.
Pero, sin lugar a dudas, lo que más le llama la atención es que le quitan mucho dinero de su salario. Ella pensaba que su salario era “limpio”.
Por todo esto, le pide a Pedro que le explique su nómina.
Este empieza diciéndole de dónde salen las cantidades que cobra, qué es la cotización a la Seguridad Social y la retención del IRPF.


ACTIVIDADES:




1. ¿Debe firmar Ana la nómina cuando reciba la retribución?
2. ¿La empresa debe deducir de los ingresos las cuotas para la Seguridad  Social?
3. ¿Es legal practicar la retención por IRPF?
4. ¿Puede la empresa pagar menos del salario mínimo interprofesional?

Debate sobre la Formación Profesional


A partir del siguiente collage, debatimos sobre la Formación Profesional:
¿Qué es para ti la Formación Profesional?
¿Consideras que tiene buenas salidas profesionales?
¿Conoces los sistemas de acceso en la Formación Profesional?
¿Qué titulaciones te interesaría estudiar?
¿Dónde te gustaría trabajar?
...

lunes, 22 de noviembre de 2010

Presentación Prevención de Riesgos

Clases de Fuego

Guía Técnica de evaluación y prevención

En la actualidad, la mayoría de las personas utiliza el ordenador, ya sea en casa o en el trabajo. El INSHT ha publicado una Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos con pantallas de visualización, donde incluye un “Test de autoevaluación”, del que recogemos un extracto. Copia y cumplimenta el cuestionario, como si se tratara de la mesa y de la silla del instituto o la que utilizas en casa para estudiar.


Puedes encontrar muchas respuestas consultando en el apartado de Normativa de la página web del INSHT www.insht.es  el Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

martes, 16 de noviembre de 2010

Actualidad

Díaz Tezanos inaugura los cursos de inglés para el alumnado de FP que quiere realizar prácticas en empresas de la UE

Tu sector profesional

Retoma el Convenio Colectivo de tu sector profesional, que localizaste en la unidad de trabajo anterior y contesta a las siguientes preguntas:

  • ¿Se establece en el convenio un período de preaviso para la finalización del contrato?
  • ¿Se regula en el convenio, la duración máxima del período de prueba? ¿Se determina una duración máxima del período de prueba para el contrato de prácticas?
  • ¿Permite ampliar la duración del contrato eventual por circunstancias de la producción?
  • ¿Se fija alguna retribución para el contrato En prácticas?
Recuerda: si el convenio analizado no hace referencia a ninguna de estas cuestiones, se mantiene la regulación establecida por el Estatuto de los Trabajadores.


Cine en la aulas

EL PRINCIPIO DE ARQUÍMEDES
Gerardo Herrero

País y año: España, 2004.
Duración: 100 minutos.
Sinopsis: Sonia es una ejecutiva que apenas tiene tiempo para su familia. Rocío, vecina y amiga, pese a estar muy bien preparada siempre ha realizado trabajos provisionales. Rocío también está casada y tiene una hija. Cuando comienza la historia, Sonia ha conseguido que Rocío entre a trabajar en su empresa.

La historia se repite: empresa textil que se fusiona con otra extranjera y se procede a un número indeterminado de despidos. Con un guión bien escrito (los detalles suman y casan), amablemente social, cotidiana, con un toque de comedia de enredo amoroso; personajes sencillos bien interpretados, que viven problemas reales, personales y laborales (en el cine el conflicto es uno de los motores que hacen avanzar las historias); donde aparecen los sindicatos en acción y se critica el funcionamiento del comité de empresa, la película proporciona numerosos temas relacionados con los módulos de FOL.
  1. Tipos de contratos laborales que suelen hacerse a los recién titulados.

  1. ¿Cómo motivarías a los trabajadores de Albatros si fueras la protagonista?
  1. Busca el convenio que se aplica a tu sector profesional. Puedes encontrarlo en:·         El portal del Ministerio de Trabajo e Inmigración.
El Boletín Oficial del Estado, si el convenio es de ámbito estatal http://www.boe.es

¿Qué sabemos de la unidad?

Beatriz mantiene una relación laboral con una empresa desde hace cinco años. Hace dos meses informó a sus superiores de su embarazo. Desde entonces no le proporcionan tarea alguna y le hacen la vida imposible. Un día oyó a su jefe comentar con unos compañeros, que procuraran hablar con ella lo menos posible. Otro día, un superior le ordenó coger un peso muy elevado para ella. Beatriz se negó porque suponía un riesgo para su salud y para la del feto. Preocupada por su empleo, Beatriz decide afiliarse a un sindicato, donde le informan que el convenio colectivo al que pertenece concede 18 semanas de permiso de maternidad. Al día siguiente informa de todo ello a su jefe, quien le insulta por haber sido capaz de afiliarse a un sindicato donde, según él, son tan ignorantes que no saben que el Estatuto de los Trabajadores (una norma de rango superior a un convenio colectivo y, por tanto, aplicable en primer lugar) concede 16 semanas por embarazo. A los pocos minutos del incidente, el Jefe de Personal entrega a Beatriz una carta de despido alegando ausencias injustificadas y sancionándola con la pérdida de sus vacaciones por no haber obedecido a un superior; como esto no es cierto, nuestra trabajadora, convencida de que le han despedido por estar embarazada y afiliarse a un sindicato, decide demandar a la empresa ante los tribunales. Pocos días después de la marcha de Beatriz, la empresa inicia un proceso de selección para cubrir su puesto. Durante el mismo, el entrevistador tiró todos los Currículum Vítae de las mujeres, mientras decía “nada de mujeres, dan muchos problemas”. Como el proceso de selección se alarga, el Director pide a su hijo (con el cual convive) que acuda unos días a la empresa para ayudarle, como favor por haberle pagado un viaje. Por su parte, Beatriz, desilusionada por el clima laboral que ha encontrado y, con el deseo de perfeccionar el alemán, se pregunta si podrá trabajar en Alemania. Su marido le propone irse los dos a Inglaterra, cuyo idioma dominan ambos, y allí montar juntos una empresa.


ACTIVIDADES: 1. ¿Qué rama del Derecho se ocupa de regular la situación que está viviendo Beatriz? 2. ¿Conoces el Estatuto de los Trabajadores? Lee su artículo 1.1, ¿a quién se aplica esta ley? 3. ¿Qué norma tiene un rango jerárquico superior: el Convenio Colectivo o el Estatuto de los Trabajadores? 4. ¿Tiene razón el jefe de Beatriz cuando le indica que el Estatuto de los Trabajadores es una norma de rango superior a un Convenio Colectivo y, por lo tanto, aplicable en primer lugar?

La Prevención de Riesgos Laborales

La Formación Profesional: tu cita con el futuro